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¿Cuánto puede ahorrarse en Justicia?El gasto en las vistas oralesDebemos hacer una estimación aproximada, puesto que no podemos calcular el importe al que asciende el canon judicial, ya que se aplica desde septiembre del año 2003 y las últimas estadísticas oficiales que el Consejo General del Poder Judicial ha publicado sólo alcanzan hasta el segundo trimestre de dicho año. No obstante, podemos utilizar las estadísticas antiguas para hacernos una idea de lo que estamos tratando. Es de señalar que el número de casos presentados ante los tribunales tiene tendencia a incrementar con el tiempo. Por otra parte, debemos considerar que aun cuando pudiéramos calcular exactamente el importe del gasto actual, el problema consiste en la hipoteca para el futuro en contra del Estado que supone no remediar esta situación. Esta tendencia a grabar en soporte digital los juicios la ha iniciado la Ley de Enjuiciamiento Civil, pero continuará así para los demás órdenes jurisdiccionales penal, social, administrativo y militar. La tendencia introducida por la Ley de Enjuiciamiento Civil tiene como causa un criterio de mayor justicia en los recursos ante un tribunal superior, facilitando al tribunal de segunda instancia poder conocer con una mejor exactitud la práctica de la prueba en el juicio oral del tribunal inferior, además de la propia modernización de la Administración de Justicia en pos de una mayor rapidez y eficacia. La asunción de estos gastos los realiza el Ministerio de Justicia o las Comunidades Autónomas con competencias transferidas sobre Justicia. Una aproximación del ahorro que supondría una Administración de Justicia moderna, en la que todas las vistas orales se soportaran digitalmente puede ser la siguiente, tomando datos, como se ha manifestado, del primer trimestre del año 2003:
El resultado anterior nos muestra que el los seis primeros meses del año 2003 se han producido en España 802.770 vistas orales cuya grabación en soporte digital sería deseable. El número de copias que se señala por juicio corresponde a un original, que queda depositado en el Juzgado, y una o más copias según las partes que intervienen en dichos procesos. Al no poder acceder a estadísticas sobre el número de partes que han intervenido en los procesos, tomamos un criterio conservador del mínimo de partes intervinientes. En los procedimientos en los que actúa, no se ha tenido en cuenta la copia destinada al Ministerio Fiscal, ya que disponen de acceso al original de las actuaciones.
No podemos simplemente multiplicar por dos la cantidad semestral anterior para hacer una proyección anual dado que agosto es un mes prácticamente inhábil. Los juicios de faltas no se hallan incluidos en el anterior cálculo puesto que los últimos datos que hemos encontrado corresponden al año 2000:
Ante las cifras señaladas y con todos los reparos expuestos en su cálculo, no creemos equivocarnos excesivamente al afirmar que la modernización de la administración de Justicia podría ahorrar un mínimo de un millón de euros anuales suprimiendo el canon de los CDs judiciales: 452.280 (1 trim.) + 350.000 (estimativo 2 trim.) + 162.279 (juicios de faltas) = 964.559 Euros. Recordemos que lo anterior es un cálculo mínimo únicamente del gasto en vistas orales, no del gasto en la Administración de Justicia. El coste actual para el Estado del CD judicial en la actualidad no supone una excesiva cantidad, pero la existencia del mismo condiciona la modernización de la Justicia al imponerle un gasto hasta ahora inexistente. Por último, dado que la cantidad de 17 céntimos de euro fue pactada privadamente entre las sociedades de gestión y las importadoras-distribuidoras, nada impide que en fecha incierta pacten cualquier otra cuantía. Notas a los cálculosHemos utilizado un criterio conservador al calcular el gasto:
FuentesEstadísticas oficiales del Consejo General del Poder Judicial. Actualización datos estadísticos: 22.11.2003 - 11:19 CET Actualización página: 25.01.2005 - 01:38 CET Javier de la Cueva, 22/11/2003 - 14:09
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